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Revisar y revertir un recargo por mora

Revisa la mora de una factura de una gestión de perfiles y revierte un recargo cuando corresponde.

Pasos

  1. Si el cliente pagó tarde una factura de una gestión de perfiles, abre el detalle de la cuenta y revisa Recargo por mora en el resumen y en la columna del mismo nombre de Abonos. Para quitarlo, pulsa Revertir recargo por mora en la cabecera, elige el recargo (si hay más de uno), escribe el motivo y pulsa Revertir recargo.

    Resultado: La mora de cada cobro tardío se calcula solo sobre la parte de la factura que ese cobro paga: si el cliente paga en varios abonos, cada recargo corresponde a su parte y nunca se cobra dos veces sobre lo mismo. Cada recargo deja una nota de débito en borrador por el valor exacto del recargo (el reglamento de comprobantes exige una nota de débito para cobrar intereses de mora): la ves bajo el recargo, en Abonos, y en Tributario → Notas de débito; revísala y apruébala para emitirla, nada se emite solo. Al revertir un recargo, el importe y el saldo de la cuenta bajan en lo que se había cargado; si solo faltaba ese recargo, la cuenta queda Saldada. El estado de cuenta del cliente muestra «Reversa de cargo por mora» y la acción queda en la auditoría con tu motivo. Contablemente, el recargo se registra como ingreso (Otros ingresos contra la cuenta por cobrar) al cargarse, y su reversa deshace ese asiento.

    Ten en cuenta: Si cobros posteriores ya pagaron ese recargo, no se puede revertir y la acción no aparece. Si corriges el cobro que lo cargó, el recargo y su nota de débito pasan al cobro nuevo; si el cobro nuevo ya no paga esa cuenta, el recargo se revierte solo. Si la nota de débito del recargo todavía está en borrador, se descarta al revertir; si ya se emitió, anúlala primero (o abandónala si el SRI la rechazó): hasta entonces el recargo no se puede revertir.

Preguntas frecuentes

¿Por qué apareció una nota de débito en borrador cuando mi cliente pagó tarde?

Porque el recargo por mora de una factura de una gestión de perfiles se cobra con una nota de débito (RCVRDC art. 16). El sistema la prepara en borrador al cargar el recargo, por su valor exacto y sin IVA; la revisas en Tributario → Notas de débito y la apruebas. Al emitirse no cambia el saldo de la cuenta ni genera otro asiento: el recargo ya estaba cargado y contabilizado. Su valor no se edita; si el recargo no corresponde, reviértelo desde la cuenta y el borrador desaparece. Emitir una nota de débito. La nota nace con el establecimiento y el punto de emisión que tenía en el encabezado quien registró el cobro, y sale con esa serie la apruebe quien la apruebe.

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